A- de 2025
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante --·Demandado Maya Goyes Carlos Samuel
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procesos en los cuales, según las pautas de ponderación, los factores de competencia de la Jurisdicción Especial Indígena no se satisfacen
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 003 Penal del Circuito Transitorio de Mocoa, Putumayo y el Resguardo Indígena Awá Mayasquer de Villagarzón, Putumayo, ocasionado por un proceso penal iniciado en contra de un ciudadano, por la presunta comisión del delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes en la modalidad de transportar.
Cumplidos los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena hace el análisis de los elementos establecidos por la jurisprudencia para asignar la competencia.
Se acredita el factor personal: el imputado es perteneciente al pueblo Awá Mayasquer.
Los hechos ocurrieron en la vía que conduce a la vereda el Guineo- del municipio de Villagarzón, Putumayo, sitio en el que la población Awá desarrolla las costumbres cotidianas de subsistencia entonces se cumple el factor territorial.
Respecto del factor objetivo, la comunidad no hizo mención de la nocividad concreta que la conducta representa para su pueblo.
Para la sociedad mayoritaria, afecta el bien jurídico de la salud pública e involucra otros intereses como la seguridad pública y el orden económico y social.
Frente al factor institucional, el único elemento adicional para probar la institucionalidad es la manifestación de que “existen mecanismos de acuerdo con sus usos y costumbres” pero no se profundizó sobre los procedimientos existentes para la judicialización del delito, no se advierten garantías de debido proceso al investigado y, no se señalaron las sanciones existentes en la comunidad para este tipo de conductas, por lo que no se acredita el elemento institucional.
Se asigna la competencia a la Jurisdicción Ordinaria Penal.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 003 Penal del Circuito Transitorio de Mocoa, Putumayo, y el Resguardo Indígena Awá Mayasquer y, DECLARAR que el conocimiento del proceso corresponde al Juzgado 003 Penal del Circuito Transitorio de Mocoa, Putumayo, por lo expuesto en la parte motiva.
- Segundo. REMITIR por medio de la Secretaría General de esta Corporación, el expediente CJU-6324 al Juzgado 003 Penal del Circuito Transitorio de Mocoa, Putumayo para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Resguardo Indígena Awá Mayasquer.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.